

Rionegro adopta las medidas decretadas para la Cuarenta Nacional
El decreto permite el derecho a la circulación de las personas en los siguientes casos:
- Por causa de fuerza mayor: un accidente, emergencias domésticas, familiares o veterinarias.
- Uso de servicios bancarios, financieros y notariales.
- Prestación de servicios funerarios, entierros, cremaciones.
- Para la adquisición de alimentos, medicamentos, según el Pico y Cédula establecido en el municipio.
- Para sacar a sus mascotas (una persona por familia)
- Asistir a servicios de salud.
- Prestación de servicios profesionales, administrativos, operativos y técnicos de la salud pública y privada.
- Funcionamiento de droguerías y locales comerciales para la venta de medicamentos.
- Labores de misiones médicas.
- Funcionamiento de la cadena de producción de productos y equipos de salud.
- Asistencia y cuidados de niños, adultos mayores de 70 años, personas con discapacidad y enfermos que requieran tratamiento especial.
- Atención de emergencias y afectaciones viales y obras de infraestructura.
- Actividades de los hoteles para atender a sus huéspedes, estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia.
- Almacenamiento, transporte y venta de insumos de primera necesidad.
- Cadena de productos agropecuarios.
- Centros de procesamiento de alimentos.
- La venta presencial de productos de primera necesidad, podrán ofrecer sus productos mediante plataformas de comercio electrónico y domicilio.
Adicional, invitamos a los rionegreros para que hagan parte de la estrategia JUNTOS y Solidarios, que busca ayudar a las personas que más lo necesitan en esta contingencia, para la cual pueden llamar al número 520 41 80.